El Gobierno Nacional dio un nuevo paso en la
desregulación del transporte automotor con la actualización del régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y la
creación del Registro Nacional de
Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
A partir del trabajo articulado entre el
Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Economía, la medida fue publicada hoy en el
Boletín Oficial (Resolución 32/2026) con el objetivo de:
De esta manera, la reforma reemplaza mecanismos
cerrados, fragmentados y burocráticos por un modelo más simple, interoperable y
previsible para quienes viven, trabajan y circulan en todo el territorio
argentino.
¿Dónde se podrá realizar la verificación
técnica?
Las verificaciones de vehículos particulares,
comerciales, de pasajeros o carga, antiguos y especiales podrán realizarse en
cualquiera de los establecimientos inscriptos en el Registro Nacional de
Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
Es decir que, con esta normativa, los usuarios
podrán realizar la revisión técnica vehicular que corresponda en su taller de
confianza, siempre que el mismo cumpla con los requisitos técnicos exigidos y
se encuentre inscripto en el registro.
Esto posibilita cumplir con la necesaria
verificación técnica a través de un procedimiento más ágil, previsible y
accesible, lo cual elimina restricciones injustificadas que, según se informó
oficialmente, puedan impedir la libre interacción entre la oferta y la demanda.
Los plazos para la revisión técnica:
Primera inspección:
Vehículos particulares 0km: 5 años.
Vehículos cargas y pasajeros 0km: hasta 12
meses máximo.
Revisión periódica:
Vehículos particulares: hasta 10 años: cada 24
meses. Más de 10 años: cada 12 meses.
Vehículos no particulares (cargas y pasajeros):
cada 12 meses.
Requisitos técnicos:
Se continuará exigiendo la presencia de un
Director Técnico y el cumplimiento de los procedimientos de revisión
establecidos en la normativa vigente.
Registro Nacional de Talleres de Inspección
Técnica de Vehículos
El Registro Nacional de Talleres de Inspección
Técnica de Vehículos funcionará en el ámbito de la Secretaría de Transporte del
Ministerio de Economía y será público, gratuito y digital, a través de la plataforma
de Trámites a Distancia (TAD).
Permitirá la inscripción de todos los talleres
que acrediten capacidad técnica suficiente, incluyendo concesionarias e
importadores.
A su vez, los talleres podrán realizar la
revisión de todo tipo de vehículos (comerciales, de pasajeros o de carga), así
como de vehículos antiguos o especiales, y también de vehículos particulares.
¿Cómo funcionará la inscripción de los
talleres?
La inscripción de los talleres se realizará
sobre la base de una declaración jurada y contará con un plazo de tramitación
determinado. Vencido dicho plazo, operará un mecanismo de habilitación
provisoria automática en caso de silencio administrativo, sujeto a control
posterior.
La Subsecretaría de Transporte Automotor
implementará y desarrollará una base informática que consolide los datos de las
revisiones técnicas realizadas por los talleres habilitados, permitiendo el
registro y control de los certificados emitidos.